Estafa de agencia inmobiliaria tecnocasa
Abogado Civil y Administrativo en Madrid Miguel García Jiménez
Abogado de Madrid especializado en Derecho Administrativo
Efectivamente, de los hechos que relata es posible que se trate de un delito de estafa, tipificado en el Art. 248 del Código Penal, se ha dado un engaño suficiente que ha provocado que usted adelantase una cantidad al franquiciado. De todos modos, tendría que ver la documentación, porque en los asuntos inmobiliarios en algunos casos, he han hecho firmar a usted alguna documentación no muy clara en la que ellos se pueden basar para negar la existencia de dolo. En ese caso, habría que ir por la vía civil y hacer una reclamación de daños por responsabilidad extracontractual, de conformidad con el Art. 1902 del Código Civil
Estaremos encantados de ayudarle a revisar la documentación y ver que podemos hacer para que usted recupere su dinero y sea resarcido por los daños ocasionados lo antes posible. Puede contactar con nuestro despacho de Galán de Mora en Parla cuando desee para que ellos se encarguen de llevar su tema.