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Abogado de Madrid especializado en Derecho Urbanístico
Buenas tardes,
En primer lugar, para poder responder de manera adecuada su consulta, necesitaríamos revisar toda la documentación que guarde relación con los hechos que nos ha descrito.
Sin perjuicio de lo anterior, a priori, entendemos que al tratarse de una suspensión motivada por causas de fuerza mayor, siempre y cuando la empresa haya cumplido con las condiciones aplicables al momento en el que tuvo lugar la suspensión y a lo dispuesto para las ETT, esta podría ser acorde a Derecho. En cualquier caso, las condiciones a las que usted está sujeto no tienen por qué ser las mismas que las previstas para los trabajadores de la empresa con contrato fijo. Quedamos a su entera disposición, un saludo.