Expediente archivado. Tiene sentido hacer recurso de reposición?
SUÁREZ ABOGADAS - Derecho de Extranjeria, Penal y Familia. Especialistas en Mediación.
Abogado de Madrid especializado en Derecho Extranjería
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Buenas tardes,
Mi experiencia me dice que en su caso lo más recomendable es presentar el recurso de reposición, el cual debe estar muy bien redactado y justificado. Yo he tenido buenas experiencias y cuando he tenido la razón me la han dado. Porque la otra opción es irse directamente al contencioso pero en su caso no se lo recomiendo porque es muy largo y además es bueno hacer el recurso porque así queda en el expediente administrativo todo muy claro por si al final tuviese que optar por demandar que como le indico no es lo más recomendable en este momento.
Sería un placer colaborarle en este trámite.
Reciba mi saludo más cordial,
Constanza Suárez
Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Urbanístico
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Personalmente, le aconsejo que presente el recurso de reposición, ya que parece que concurren circunstancias que hacen pensar que la administración ha incurrido en error material: p.e., la incorrecta fecha de inicio del expediente o el requerimiento de documentación que Ud. ya había entregado.
Siendo así, la administración debería estimarle el recurso, revocando el archivo y admitiendo a trámite a su solicitud de prórroga.
Si lo precisara, nos ofrecemos a ayudarle en su redacción sin compromiso ni coste.
Jesús Villodre
Le recomiende presente el escrito de reposición, fundamentelo bien y haga referencia a la fecha de entrada en la administración, si tiene el documento con la fecha de registro de entrada adjuntelo. Aparentemente parece que la administración ha incurrido en un error. A la vía contenciosa podra recurrir en el caso de que se le desestime el recurso.
Si desea ampliar información u orientación para formalizar el recurso, no dude en ponerse en contacto con rrosa_rosa@icam.es, gustosamente le atenderemos.
Un cordial saludo.
El recurso de reposición no acostumbra a estimarse por parte de la Administración. Aún así, yo lo interpondría y posteriormente con la base argumental de este recurso interpondría recurso contencioso administrativo.
Cada caso es distinto, seria conveniente que un letrado analice la documentación del caso para evaluar la viabilidad del recurso. Un saludo.