Extinción por desestimiento trabajadora de hogar
Abogado de Divorcios en Segovia Pedro Arahuetes García
Abogado de Segovia especializado en Derecho Civil
El empleador puede, sin la necesidad de indicar una causa, extinguir la relación laboral abonando al trabajador una indemnización de doce días por cada año trabajado con el límite de nueve mensualidades. Además, se deberá de realizar un preaviso de 20 días en caso de que la relación laboral supere el año de duración, o de siete días en caso contrario. Si el preaviso no se cumple, se deberá de abonar un día de salario por cada día de ausencia de preaviso. La indemnización debe abonarse en el momento que se comunica la extinción de la relación laboral en metálico.
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