¿extinción de pensión alimenticia por la realización de prácticas universitarias?
Estimada :
Indicarle que habria que estudiar el caso concreto con detenimiento , determinar el convenio regulador que se firmo y sus términos, así como la cuantia de la pension.
No obstante como norma general , cesa la obligación de dar alimentos: cuando el que recibe alimentos pueda ejercer un oficio, profesión o industria, o ha adquirido un destino o mejorado de fortuna, de suerte que no le sea necesaria la pensión alimenticia para su subsistencia.
Indicarle que le atenderemos en el despacho para poder atender con rigor a su peticion. administración@somolinosromero.es
En principio entiendo que tal y como opina la compañera, unas prácticas en la Universidad ni significa una independencia económica ni que pueda subsistir por sus propios medios.
No creo que el juez accediera a una modificación de medidas por esa sola causa, ya que no es determinante de independencia económica, ni de ingresos permanentes.