Fianza en arrendamiento de vivienda

¿Existe algún tipo de regulación sobre las fianzas de los pisos de alquiler?

Estoy mirando pisos de alquiler y he visto que las fianzas que me piden varían mucho. El propietario del piso que más me gusta me pide 6 meses por avanzado y no me da muchas garantías de que me lo vaya a devolver. ¿Puedo exigir un documento escrito con las condiciones? ¿Existe un documento tipo que pueda utilizar?

Gracias

Respuestas de otros profesionales:
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PRAGMATIS ASESORES
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La fianza es un pacto que las partes establecen libremente, no obstante debe figurar recogido en el contrato lo siguiente:

1.- La cantidad que se entrega como fianza.
2.- El destino de la fianza
3.- La devolución de la fianza en caso de resolución del contrato.

En el caso de que lo necesite, no dude en ponerse en contacto con nosotros podemos redactar un contrato con el que ambas partes se sientan cómodos y seguros.

Nuestra primera consulta es gratuita.

Un saludo.

PRAGMATIS ABOGADOS

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Tarjetas Revolving Barcelona NIETO & SANZ ABOGADOS
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Buenas tardes. La regulación de las fianzas se encuentra en la Ley de arrendamientos urbanos, aunque al ser el contrato de alquiler un contrato privado las partes pueden pactar otra cosa diferente a la ley, siempre que estén de acuerdo. Para ver si el contrato que le ofrecen es acorde a la ley habría que valorarlo. Contacte con nosotros,le asesoraremos convenientemente. Saludos,

Rosa Nieto, Abogada, de NIETO&SANZ, Abogados Asociados.

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BARCELONA - EJP ABOGADOS

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil

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El importe de la fianza es de libre pacto entre las partes. No obstante, debe constar por escrito el destino de esa fianza y la posibilidad de recuperarla una vez finalizado el contrato, o en su caso, en qué supuestos puede el propietario quedarse con todo o parte del importe de la fianza.

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Abogados.eu.com

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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Tal y como han indicado mis compañeros, la fianza debe pactarse entre ambas partes. Es recomendable que la fianza se deposite en la cámara de la propiedad.

Un saludo.

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Abogado Divorcios Hospitalet AG abogados
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Buenos días, no hay regulación se trata de un pacto entre partes, un saludo. www.agabogados.cat

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