Finalizar participación en startup tecnológica
La respuesta a la pregunta que usted hace plantea varias incógnitas:
¿Era usted solamente director, tenía participaciones en la sociedad, era también administrador?
¿Había acuerdo de confidencialidad en su contrato, si es que lo tenía?
¿existe algún registro de propiedad intelectual o industrial sobre el código fuente?
¿es usted el desarrollador personal del programa?
¿Existe predisposición de los socios y/o administradores a darle salida?
Todas estas cuestiones habría que examinarlas con detenimiento para poderle dar una respuesta adecuada y precisa en relación con su caso particular y para que en su caso se firmen los acuerdos oportunos para que usted quede cubierto de cara a posibles demandas o responsabilidades posteriores.
Si precisa de más aclaraciones o comentarios, no dude en ponerse en contacto con nosotros.
Ignacio Tomás
Abogado.
itomas@dorigaportabella.com
www.dorigaportabella.com
BRUC CONSULTING JURIDIC
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil General
En su caso y con los pocos datos facilitados una comunicación a esa empresa tecnológica debería servirle para expresarle sus intenciones (sus derechos de utilizar el código fuente...) y conocer la respuesta a su petición a la empresa; si esta respuesta fuese negativa tal vez deba hacer la consulta jurídica donde es imprescindible conocer todos los detalles tanto de su ¿contrato laboral? ¿mercantil? así como los estatutos y otras particularidades de la empresa en cuestión.
Si precisa más detalles puede solicitar una visita a nuestro despacho profesional.
Saludos,
ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE
Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia
Con los datos que nos facilita no podemos atender a su consulta, por cuanto:
- no nos indica si es usted socio, administrador, trabajador, o colaborador externo-autónomo de esa empresa;
- qué derechos ostenta sobre el código-fuente usted, la empresa o cualquier tercero
- etc.
En su caso, le sugerimos que sea más concreto en su consulta o, en su caso, contacte con este despacho para con una conversación podamos atender a su petición
Estimado amigo, en su caso resulta imprescindible revisar el contenido de su contrato de trabajo, ya que puede que incorpore cláusulas de no competencia que limiten su actividad una vez desvinculado de la empresa. Cosa distinta es cómo articular esa desvinculación. Si desea que le asesore en ambos asuntos estoy a su disposición. Un saludo