Gastos comunes en casa común
Si no paga voluntariamente podéis exigirle judicialmente el pago de su parte en los gastos comunes. Aunque no pague su parte en los gastos no pierde su poder de decisión sobre la cosa común. La privación del derecho de voto al comunero que no paga está prevista en el régimen de propiedad horizontal (cuando se trata de propietarios de varios pisos o locales en un mismo edificio, que no es vuestro caso) pero no en el régimen de copropiedad ordinaria (que es vuestro caso).
De todas formas ten en cuenta que cualquiera de los cinco propietarios puede forzar la venta de la casa judicialmente en subasta pública al mejor precio que se ofrezca (si no es divisible físicamente, en cuyo caso lo que puede pedir es la división en cinco partes, supongo que esto no será posible).
ABOGADO URBANISMO CORUÑA CARREIRA ABOGADOS
Abogado de Coruña especializado en Derecho Inmobiliario
Buenas tardes:
Para que pague, si no lo hace voluntariamente, es necesario acudir a una reclamación por la vía judicial.
El hecho de ser moroso no le priva de opinión, ya que tal consecuencia solamente se da en el régimen de propiedad horizontal y no en el de la comunidad de bienes, que parece ser su caso.
Esperamos haberle sido de ayuda.
Un saludo.