Gastos extraordinarios hijo
Bufete Ledesma y Tavero
Abogado de Móstoles especializado en Derecho de Familia
-
1 voto útil
-
Mejor respuesta según autor
Usted sólo está obligado a pagar los gastos extraordinarios que sean necesarios, y los recogidos en sentencia y los que pacte con su exmujer. Si son gastos superfluos, usted no está obligado a pagarlos.
Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
Abogado de Alcobendas especializado en Derecho Civil General
Buenas tardes: Para que usted este obligado a abonar los gastos extraordinarios, sino esta de acuerdo, tiene que plantearle un procedimiento judicial, para que se reconozca que son tales gastos extraordinarios y a partir de allí, pronunciamiento al que usted puede oponerse, si el juzgado los reconoce como extraordinarios, estará obligado a pagarlos, pero nada hasta ese momento.
Abogado de Familia Madrid - Nieves de Frutos
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia
Habría que ver que recoge el convenio o la sentencia.
En el caso de que dichas actividades extraescolares necesitaran de su consentimiento, así se lo debería hacer saber.
Quedo a su disposición para ampliarle la información una vez pueda valorar lo recogido en el convenio o sentencia.
Saludos
ABOGADOS PENALISTAS MADRID - ALONSO ROMÁN Y ASOCIADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común
Habría que estudiar convenio.
En cualquier caso conteste que no está conforme con que el menor realice dichas actividades.
Un saludo.