¿Qué hacer ante una empresa de reformas de pisos que incumple con los plazos que firmó y no acaba los trabajos?

En abril firmamos un contrato con una empresa de reformas en el que se fija que el plazo para la finalización de los trabajos de la reforma integral del piso duraría entre 8-9 semanas. Empezaron las obras, y a medida que avanzaban, pagamos los plazos fijados en el contrato. A partir de julio, expirado ya el plazo que firmamos para la finalización de la obra, la reforma ha avanzado con cuentagotas y a fecha de hoy, 14 de octubre, aún no la han acabado. Sólo queda un último pago que, según el contrato, debía hacerse a la finalización de las obras, y el cual, lógicamente, no hemos efectuado ni pensamos hacerlo. La obra está prácticamente pagada, pero falta mucho por hacer. Ya no sabemos qué decirles para que la terminen. Estamos teniendo mucha paciencia, pero esto ya nos parece una tomadura de pelo, por no decir una estafa. ¿De qué modo podemos presionar a la empresa para que finalice los trabajos y cumpla con el contrato que firmó en abril? ¿Podemos denunciarla por incumplimiento de contrato? ¿Existe alguna solución sin llegar a ese extremo? Gracias.

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ARANZAZU ABOGADOS

ARANZAZU ABOGADOS

Abogado de Salamanca especializado en Derecho Mercantil

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En primer lugar, no abonen cantidad alguna.
En segundo lugar, si ustedes van a dar por finalizado el contrato con ellos, le aconsejo que envíen a un notario, o al aparejador o arquitecto que estén ejerciendo la jefatura de obra para que dejen constancia de las partidas ejecutadas, porque me temo que siempre alega la constructora que ha realizado trabajos fuera de presupuesto, y le pedirá más dinero.
En tercer lugar, hay algo que tiene que valorar, la posesión de la obra la tiene ahora mismo la constructora, eso implica que no puede simplemente impedirle la entrada en la obra. Por ello es necesario requerirle por burofax para manifestarle que hay un incumplimiento total del contrato, y se resuelve el mismo, apercibiéndole de que se le reclamaran los daños y perjuicios derivados de dicho incumplimiento (retraso, partidas mal ejecutadas, daños morales).

Es muy importante que no permita a nadie tocar la obra sin un peritaje o constancia de lo hecho, porque posteriormente se lo reclamará a usted la constructora.

Por otro lado, muchas constructoras se niegan a entrar en una obra que ya ha empezado a otro si no se le certifica que el constructor anterior ha abandonado la obra, porque no basta en Derecho con que usted le diga que resuelve el contrato por incumplimiento, ya que es un Juez el último que ha de decir si existe ese incumplimiento. Ahora bien, imagine la indemnización de daños a la que se enfrenta esta constructora: por retrasos, alquiler de otro apartamento, más los daños que implique contratar a otro, y el desasosiego de tener que afrontar esto en su hogar.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO RECLAMACIONES DE CANTIDAD BARCELONA - GC ABOGADOS
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Buenos días,

puede amenazar a la empresa solicitándole que si no cumple con el contrato en un plazo determinado procederá a demandarla por incumplimiento contractual lo que ello le comportaría que le devolvieran todo el dinero, y si no pueden devolverle el dinero por que no disponen de él, amenazarla con apropiación indebida. etc.. herramientas tiene, pero debe ponerlas en práctica cuanto antes por que muchas de estas empresas si no ven que las cosas ven en serio siguen sin hacer caso, puede que enviando el requerimiento un abogado hagan más caso. Sin lugar a duda Ud es el cliente y debe exigir el cumplimiento del contrato. Espero haberle ayudado, si tiene cualquier pregunta no dude en contactar conmigo.

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Abogados Barcelona Tomás Dóriga

Abogados Barcelona Tomás Dóriga

Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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Buenas tardes.
Sin la menor duda ante un caso flagrante de incumplimiento contractual lo que debe hacerse es requerir por escrito por medio de burofax dando un plazo inamovible para que acaben las obras indicando que de otro modo se presentará la correspondiente demanda. Además en el requerimiento se puede indicar que de la cantidad pendiente se deducirán los daños y perjuicios, siquiera por daño moral y naturalmente que queda sujeta a la correcta entrega de la obra. Si necesitan ayuda para redactar el requerimiento o tienen más dudas estoy a su disposición.

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Advocat Gestor Patrimoni Terrassa MAURI ASSESSORS
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Buenos días,

Por lo que usted comnta, y de conformidad con lo comentado por los compañeros, lo mejor que puede hacer es realizar un requerimiento notarial al efecto, aprovechando al Notario para realizar un acta que acredite el estado de las obras de cara a un eventual pleito posterior

Saludos

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Abogado Compra Venta de Empresas Barcelona Javier Santos Giralt
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Pueden denunciarla por incumplimiento, poner otra a empresa a terminar lo inacabado y pedir daños y perjuicios. Somos especialistas en construcción .

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