Que hacer sino me subrogan

Abogado Despidos Móstoles ANIBAL GRUPO EMPRESARIAL
Abogado de Móstoles especializado en Derecho Laboral
Buenos días. En el convenio colectivo de limpieza la subrogación es obligatoria. Como tu empresa ha cerrado, tu situación equivale a un despido y tienes 20 días hábiles para proceder a interponer papeleta de conciliación en reclamación de tu derecho. Los 20 días comienzan a contar desde la fecha de despido, siempre y cuando te la hayan notificado, pues de no existir tal notificación el plazo se inicia en el momento en el que el trabajador tiene conocimiento de su despido. En cualquiera de los casos es importante que inicies cuanto antes los trámites de reclamación frente a las distintas empresas.

Buenos días,
En contestación a su consulta, para valorar la procedencia de la subrogación es preciso valorar la documentación (contrato de trabajo, nóminas, etc) y circunstancias concretas, para lo que puede solicitar una cita en el despacho. Si como usted indica, la empresa entrante le ha tramitado la baja voluntaria, es posiblemente porque previamente han debido subrogarle. Si no ha firmado ningún documento en tal sentido, debe reclamar a la empresa por despido de forma inmediata y el plazo es de 20 días hábiles desde la fecha de efectos de la baja.

Abogado Laboral en Villaviciosa de Odón FIDUM COMPANY SL
Abogado de Madrid especializado en Derecho Civil
Hola buenas tardes. Ante un caso como usted, se debe demandar por despido tanto a la empresa saliente como entrante, pero tiene un plazo de 20 días hábiles para hacerlo. Pasado esos 20 días se le habrá caducado la acción y no podrá demandar. Respecto a los plazos, la ley es totalmente inflexible.
Siento mucho decirle esto.