Que hacer sino me subrogan

hola, estaba trabajando en una empresa de limpieza desde septiembre del 2021 y hace casi un mes que me informaron que la empresa cerraria y que me tenian que subrogar, el tema es que ninguno de los centros de trabajo me llamo y la empresa entrante tampoco me llamo, mi ex jefe me dijo que tenia que denunciar tanto a los centros de trabajo como a la empresa entrante, cosa que desconosco cual es laempresa entrante, no quise denunciar por otras razones pero ahora el problema es que la empresa entrante me dio de baja voluntaria como si yo hubiese renunciado y por esa razon no puedo cobrar el paro, apenas hoy me entere porque me llamaron de la oficina de empleo, han pasado ya 20 dias y desde principos de este mes que no estoy trabajando, entonces que deberia hacer?' como debo proceder ante este problema? gracias de antemano

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Abogado Despidos Móstoles ANIBAL GRUPO EMPRESARIAL
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Buenos días. En el convenio colectivo de limpieza la subrogación es obligatoria. Como tu empresa ha cerrado, tu situación equivale a un despido y tienes 20 días hábiles para proceder a interponer papeleta de conciliación en reclamación de tu derecho. Los 20 días comienzan a contar desde la fecha de despido, siempre y cuando te la hayan notificado, pues de no existir tal notificación el plazo se inicia en el momento en el que el trabajador tiene conocimiento de su despido. En cualquiera de los casos es importante que inicies cuanto antes los trámites de reclamación frente a las distintas empresas.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Buenos días,

En contestación a su consulta, para valorar la procedencia de la subrogación es preciso valorar la documentación (contrato de trabajo, nóminas, etc) y circunstancias concretas, para lo que puede solicitar una cita en el despacho. Si como usted indica, la empresa entrante le ha tramitado la baja voluntaria, es posiblemente porque previamente han debido subrogarle. Si no ha firmado ningún documento en tal sentido, debe reclamar a la empresa por despido de forma inmediata y el plazo es de 20 días hábiles desde la fecha de efectos de la baja.

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Hola buenas tardes. Ante un caso como usted, se debe demandar por despido tanto a la empresa saliente como entrante, pero tiene un plazo de 20 días hábiles para hacerlo. Pasado esos 20 días se le habrá caducado la acción y no podrá demandar. Respecto a los plazos, la ley es totalmente inflexible.
Siento mucho decirle esto.

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