He peleado con mi yerno, mi hija está dolida pero dice que es su marido, o sea está de su parte
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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
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La respuesta está en el articulo 160 del Código Civil que establece que "No podrán impedirse sin justa causa las relaciones personales del hijo con sus abuelos y otros parientes y allegados.En caso de oposición, el juez a petición del menor, abuelos, parientes o allegados, resolverá atendidas las circunstancias ."
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Contestado
Buenos días, por supuesto que usted tiene derecho a ver a sus nietos y puede interponer una demanda solicitando un régimen de visitas. Si desea iniciar el procedimiento mi número de móvil es el seis, dos, siete, diez, once, treinta.
Atentamente
Silvia Fernández Fernández
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