Cambio residencia durante propuesta de divorcio

En medio de un proceso de separación, ¿La madre puede cambiar de residencia con sus 2 hijos?

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GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN COMUNIDADES

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Abogado de Manzanares especializado en Derecho Civil

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Si, puede cambiar de domicilio.

Pero debe:

Si el procedimiento tiene ya asignado procurador... no hace falta que lo comuniques en el juzgado. Comunicalo a tu abogado.

Se debe respetar el derecho de visitas del conyuge no custodio (salvo malos tratos o violencia contra la mujer, que en todo caso será lo que determine el Juez).

Si hay acordadas medidas provisionales, debe hacerse la entrega de los niños en el domicilio pactado, por lo que, al ser un domicilio inialmente no previsto, habrá de entregarlos en el anterior domicilio.

Requiere de mas precisión la consulta, acuda a un abogado, ya que se pueden dar muchas incidencias que podrían resolver la cuestión.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Esl tema es delicado, puesto que el proceso de separación aún no ha finalizado, por lo que si piensa cambiar de reisdencia antes le sugiero que se lo comunique al abogado que le está llevando la separación, para que usted no tenga ningún problema judicial, ya que, entre otras cosas, el juez tendrá que determinar, con intervención del ministerio fiscal, la asignación de la patria potestad de sus hijos, y la asignación del domicilio conyugal.

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Juan José Panadero Delgado

Juan José Panadero Delgado

Abogado de Ciudad Real especializado en Responsabilidad Civil

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buenas tardes. En principio no hay ningún inconveninte al cambio de residencia, siempre que lo comunique al padre (yo lo haría por burofax), y al juzgado si el procedimiento judicial se encuentra en tramitación. Lo que no puede suponer el cambio de residencia es un medio o treta para impedirle al padre ejercer sus derechos como tal respecto a los hijos. El cambio de residencia esposible siempre que el otro progenitor pueda ejercitar sus derechos, y los hijos los suyos.

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Abogado de Vivienda Málaga Ferrary Abogados
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Hasta que no se haya atribuido la custodia a ninguno de los progenitores no se debería cambiar de lugar de residencia y , en caso contrario deberá pedirse amparo judicial y planteabdo la cuestión inmediatamente .

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