Heredar de un tío sin descendencia
Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Buenos días.
Si el último tío fallecido tenía testamento a favor del otro ya,bien fallecido y no había nombrado sustituto, heredaran los hermanos vivos y los sobrinos hijos de hermanos fallecidos, los hermanos por cabezas y los sobrinos por estirpes.
Es decir una parte para cada hermano vivo y una parte cada grupo de sobrinos hijos de otro hermano fallecido.
Si el testamento existente no es válido por no tener heredero vivo ni sustitutos habrá que hacer una declaración de herederos, par que se nombren los herederos, y después hacer la adjudicación de la herencia en la forma que le he indicado.
Le recuerdo que la herencia, o al menos la declaración de los bienes y de los herederos en la Comunidad de Madrid, par el,pago del impuesto de sucesiones, y en su caso en él ayuntamientos, par el pago de La plus valía, deberá hacerse en el plazo de seis meses desde el fallecimiento.
Si lo desea puede ponerse en contacto con nosotros ya que somos especialistas en herencias
Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
Abogado de Móstoles especializado en Derecho de la Vivienda
Habrá que ver el testamento del tío soltero, puesto que será un testamento válido y habrá que ver si allí hizo algún previsión para el caso de que su hermano falleciera. Luego vendrá todo lo demás.