Herencia, cobran alquiler local, y disfrutan de los bienes.

Ante todo gracias por su tiempo. Mi caso es el siguiente: mis padres han fallecido. Mi madre sin testamento, por lo que entiendo que de su 50% me corresponde un tercio. Mi padre nos deja un legado a cada uno de mis hermanos y a mi la legítima necesaria ya que no quería dejarme nada, por lo que entiendo que de su 50% me corresponde de 1/3 un 1/3, que es el 5,55 %. Mi primera pregunta si es así más o menos los porcentajes.

La segunda pregunta es: mi padre hizo testamento, nombra herederos a los tres y luego hizo un legado a cada uno como explique anteriormente, hasta aquí bien. Hay varias propiedades que no ha designado legado a ninguno, como son de la masa hereditaria ¿nos pertenecen por partes iguales a los tres?, ¿nos nombró herederos independientemente de los legados?. Con lo cual me correspondería la legítima de lo designado y un tercio de lo que no reparte. ¿Es así?.

Y por último, mis hermanos utilizan las tres viviendas de mis padres viviendo en ellas, yo no tengo uso ni disfrute, ¿puedo reclamarles como un tipo de alquiler de estos años pasados basándome en el precio de los alquileres de la misma zona con los intereses correspondientes?. Además existe un local alquilado, el cual cobran y distribuyen ellos sin repartir nada, ¿tengo derecho a porcentaje de dicho alquiler ya que mi madre no hizo testamento y él no lo nombra en el reparto?.

Espero su respuesta. Muchas gracias.

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Si su madre falleció sin testamento su parte de la herencia se reparte a partes iguales entre sus hijos.En cuanto a la herencia de su padre, al desconocer la fecha de su fallecimiento,no podemos indicarle si los porcentajes que nos relaciona son correctos, dado que, desde el año 2006, en Galicia, la herencia se distribuye, no en tercios, sino en cuartos, siendo la legítima estricta 1/4 de la herencia. Si su padre les dejó un legado y en el remanente instituyó herederos por partes iguales a sus hijos, a usted le correspondería el legado que le dejó, y, una vez deducidos los otros legados dejados a sus hermanos, el resto es a partes iguales. No podemos contestar al resto de sus preguntas al no disponer de toda la información para ello y quedamos a su disposición para atenderle personalmente.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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1. De la herencia de su madre: Le corresponde un tercio de sus bienes. Así, si se trata íntegramente de bienes gananciales, una sexta parte.
2. De la herencia de su padre: Depende de cómo se exprese en el testamento. Si le deja el legado y además la legítima (aunque lo más habitual en estos casos es que se deje a cuenta de la legítima) en función del valor del bien legado y el valor del los otros, tendrá derecho al resto de los bienes.
3. El disfrute de los pisos y el local, depende de lo anterior. Si son en parte suyos podrá exigir compensación o partición de la herencia; en caso contrario, no. Así, basta con que sean bienes gananciales, que el legado no cubra su legítima o que el legado no le excluya del reparto del resto de bienes.
DP+C LEGAL. A Coruña. José Díaz-Pache (abogado)

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Buenos días, efectivamente son necesarios más datos para poder contestarle de manera correcta.
Lo que sí está claro es que si los bienes de su madre y de su padre eran privativos, además de la legítima estricta que le pueda corresponder por el fallecimiento de su padre, hay que añadirle la parte de su madre.
Los legados, siempre y cuando no interfieran en el cómputo de la legítima, están fuera de la masa hereditaria que hay que contabilizar, dicho esto sin ver la documentación....
le aconsejo consulte con un abogado para valorar mejor la situación expuesta.
Las consultas, la revisión de la documentación y el informe jurídico de su expediente se lo podemos hacer de manera gratuita.
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Buenas tardes. Respecto de la herencia de su madre, efectivamente a Vd. le corresponde un 1/3. Es conveniente saber si todos los bienes de las dos herencias eran gananciales y deduzco que lo son al hablar Vd. del 50 %, pues, de ser así, Vd. tendría también su participación en todo lo legado por su padre a sus hermanos ( debido a que el 50 % de esos bienes pertenecía a su madre al ser ganancial ). De la legítima estricta de su padre( 1/3 ) le corresponde, efectivamente una tercera parte. Para seguir informándole con más precisión sería conveniente me enviase una copia del testamento de su padre, al menos de las Cláusulas que disponen los legados. Puede enviarlo a linsua@icacor.es

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