Herencia de una finca rústica.
Respuestas de otros profesionales:
Basic
-
Mejor respuesta según autor
Contestado
Buenas tardes:
Por fincas rústicas no se paga plusvalía. El objeto del impuesto lo constituye el incremento de valor de terrenos de naturaleza "urbana". Habría que ver la naturaleza del terreno donde se ubica la edificación que comenta. Pero la plusvalía recae sobre el terreno, no sobre la construcción. Y recae siempre sobre un terreno urbano. Puede ser que sobre determinados terrenos urbanos no se pague plusvalía, pero no al revés, no hay terrenos rústicos por los que se pague.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
contacte con este Abogado