Herencia de una finca rústica.

Quería saber si hay que pagar plusvalía por la herencia de una finca rústica. Tiene dos referencias catastrales, una para la vivienda que se encuentra circunscrita dentro de la otra referencia catastral que corresponde al terreno.

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Civil

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Buenas tardes:

Por fincas rústicas no se paga plusvalía. El objeto del impuesto lo constituye el incremento de valor de terrenos de naturaleza "urbana". Habría que ver la naturaleza del terreno donde se ubica la edificación que comenta. Pero la plusvalía recae sobre el terreno, no sobre la construcción. Y recae siempre sobre un terreno urbano. Puede ser que sobre determinados terrenos urbanos no se pague plusvalía, pero no al revés, no hay terrenos rústicos por los que se pague.

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