Herencia seguro de vida

-
Mejor respuesta según autor
Buenos días:
Es claro que se debe presentar el Impuesto de Sucesiones en la Comunidad Autónoma de residencia de la persona fallecida. También en el caso de ser únicamente beneficiario de un seguro de vida. No admite posibilidad distinta (dejando los casos de no residentes al margen), y el hecho de que la indemnización percibida como consecuencia de un seguro de vida no forme parte del caudal hereditario es indiferente, puesto que son objeto del impuesto ambas cosas, tanto una herencia, como una cantidad a percibir por el seguro.
En cuanto a las obligaciones del Estado y letras del tesoro, tributan en el Impuesto de Sucesiones si se heredan, como cualquier otro valor o producto financiero.
En iHerencias podemos ayudarle con esta gestión. Somos especialistas en Derecho de Sucesiones, y estamos en Collado Villalba. Puede contactar con nosotros
Un cordial saludo.

Abogado Administrador de Fincas Las Rozas de Madrid Jose Antonio Ruiz Sanchez
Abogado de Rozas de Madrid especializado en Derecho Civil
Buenos días.
Por la información facilitada entiendo que todos lo bienes que me comenta forman parte del caudal hereditario, por lo que todos tributan por el impuesto de sucesiones y donaciones, en la comunidad autónoma de residencia del fallecido.
Para concertar cita ruego se ponga en contacto con el despacho

Abogado Hospitalet de Llobregat Juan José Gonzalez Prieto
Abogado de Hospitalet de Llobregat especializado en Derecho Civil
Buenos días,
Tal y como ya le contesté en el anterior consulta, este despacho está disponible para representar sus intereses, si lo desea puede contactar para la solución a sus consultas, gracias.