Herencia sobrinos políticos
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Buenos días,
Comentarle que para realizar una correcta e individualizada valoración de su caso necesitaríamos revisar toda la documentación de que disponga. No dude en ponerse en contacto con nuestro despacho profesional, la revisaremos y le daremos respuesta conforme a Derecho. Somos especialistas en Derecho de Sucesiones, tiene los datos en nuestro perfil. Que tenga un buen día.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Buenas tardes:
En principio, en ausencia de herederos forzosos, usted y su marido pueden nombrar herederos en su testamento a quien quieran. Herederos forzosos, en el derecho común, son los hijos o descendientes, padres o ascendientes, y el cónyuge. Los parientes colaterales, (hermanos, sobrinos..etc.), no son herederos forzosos.
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