¿El hijastro es heredero?
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Nuestra legislación no distingue entre hijos matrimoniales y no matrimoniales y de primer o segundo matrimonio, pero habría que tener más datos para comprobar las respectivas herencias por vía paterna.
Estimado consultante, hay que distinguir quien es el fallecido, si lo es la viuda, su herencia será en cuanto a la legítima para sus cuatro hijos, Si se trata de la herencia de su primer marido, nada tendrá que ver el cuarto hijo cerca de la misma, salvo que fuera hijo póstumo.
Buenos días, el cuarto hijo, es hijo igual que los demás. La división de la herencia se hará según la última voluntad del difunto. A falta de ésta, serán herederos universales sus cuatro hijos, correspondiendo un tercio de la herencia a su viuda en usufucto.
Abogado en Tenerife y Cáceres Gómez y Rodríguez de Acuña Abogados
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Civil General
El hijastro es heredero como cualquier hijo. Un saludo. Amando Gómez