Hola el padre de mi hija de buenas a primeras decide pedir la custodia compartida despues de 8 años, con un regimen de visitas estipulado.. como puedo evitarlo
Buenos días,
Tengo despacho en Zaragoza y estoy especializado en Derecho de Familia, por lo que si lo desea, puede pedir cita para una entrevista y podremos tratar el asunto de manera directa y más detallada. La primera consulta es gratuita.
Sí puede oponerse a la modificación de medidas interesada por su exmarido.
Por otra parte, si existen retrasos o incumplimientos en el pago de la pensión, puede presentar denuncia, conforme a lo dispuesto en el artículo 227 del Código Penal, que regula el delito de abandono de familia.
Si se lo ha solicitado por vía judicial tiene que oponerse en el procedimiento mediante la exposición de los motivos por los que entiende no procede la guardia y custodia compartida. Suele ser recomendable exigir un informe psicosocial que estudie el régimen actual y la necesidad de modificarlo. Puede solicitar mas información en antoniojm(arroba)reicaz.com o en ajmunozabogado.com