Hola, tengo una cláusula suelo del 3,25 y techo del 11,00 con ccm. Les he mandado 2 quejas a su central liberban y las respuestas al banco de España y se han lavado

La hipoteca era de 4,00 y 11,00 pero al año negocié para que me la quitaran y previo pago de 250€ me la bajaron al 3,25%.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Si usted sigue teniendo una cláusula suelo de 3,25% y un techo de 11, le informo de lo siguiente: si realmente tiene una cláusula suelo, presente un escrito, con copia para que se la selle el banco, dirigido al servicio de atención al cliente de su entidad financiera, y aporte copia del préstamo, y copia de su DNI, haga mención a la STS de 9 de mayo de 2013, nº 241/2013, al AJPI nº 1 de Barcelona, de 11 de mayo de 2013 (ejecución hipotecaria 418/12), a la SJM nº 2, de Málaga, de 23/5/2013 (juicio ordinario 20/2013) , a la SJM nº 10 de Barcelona, de 7/6/2013(PO 774/12), y a la SJPI nº 1 de Bilbao, de 19/6/2013, y pida la nulidad de la clásula suelo con los atrasos, desde la fecha de la firma del préstamo..

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Zanón & Gil

Zanón & Gil

Abogado de Valencia especializado en Derecho del Trabajo

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Buenos días:
En principio, CCM es una de las entidades que más está sufriendo sentencias en su contra con motivo de las cláusulas suelo.
Las condiciones de suelo y techo que plantea en su pregunta pueden ser consideradas en principio como desproporcionadas, aunque hay que tener en cuenta otras cuestiones como el índice euribor en el momento de la constitución del préstamo y el diferencial o porcentaje sobre el euribor. que se le aplica.
Por otro lado cuando hay una negociación posterior en la que baja el suelo, es necesario analizar el documento para poder valorar la viabilidad de la demanda
Para cualquier aclaración, póngase en contacto con nosotros.

Zanón y Gil asociados SL.

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VELA ABOGADOS

VELA ABOGADOS

Abogado de Madrid especializado en Derecho Bancario

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Buenas tardes. Mi opinión es siempre la de reclamar judicialmente que se eliminen las cláusulas suelo y techo de las escrituras y se devuelvan las cantidades indebidamente cobradas por aplicación de dichas cláusulas. Ahora bien, habría que mirar bien esa modificación a la baja de la cláusula suelo, toda vez que el hecho de negociar en particular una cláusula de la escritura, invalida su carácter de condición general de la contratación. Somos expertos en Derecho Bancario, y quedamos a su disposición para estudiar el asunto con mayor detalle, si así lo desea.

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ABOGADO BILBAO ERCILLA ABOGADOS

ABOGADO BILBAO ERCILLA ABOGADOS

Abogado de Bilbao especializado en Derecho Bancario

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Tiene que presentar demanda de juicio ordinario ante el Juzgado de lo Mercantil de su domicilio, solicitando tanto la declaración de nulidad de la cláusula suelo como la devolución de los importes abonados en exceso debido a su aplicación.
Somos expertos en la materia.
Reciba un cordial saludo,
Ane Miren Magro
ERCILLA ABOGADOS

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Abogado Valencia Ana Eva Tiburcio Blanco

Abogado Valencia Ana Eva Tiburcio Blanco

Abogado de Sedaví

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Puede usted reclamarles judicialmente, para lo cual es necesario que contrate los servicios de un abogado. En este despacho le podemos asesorar y tramitar su reclamación frente al Banco con posibilidades de éxito debido a que estos temas se están ganando en los tribunales.

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ABOGADO DIVORCIO MADRID FOLGUEIRA ABOGADOS
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Aunque estamos de acuerdo con los compañeros, hay que analizar muy bien el acuerdo (escritura de 2010), por si se pudieran alegar "hechos propios". Si lo desea, puede pedirnos información y enviar sus escrituras (si lo estima puede borrar sus datos personales), y le asesoraremos gratuitamente sobre la viabilidad de su reclamación a: info@abogadosfolgueira.es
Actuamos en toda España en asuntos bancarios

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ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
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De acuerdo con lo expuesto por los compañeros, si bien yo entiendo que sería bueno antes analizar la escritura de la modificación de 2.010. Nosotros también somos expertos en este tipo de asuntos, por lo que igualmente me pongo a su disposición.

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