Cuanto dinero tendría que entregarle a mi exmarido en una extinciónde condominio
En efecto, al tratarse de un contrato entre particulares, son válidas todas la cláusulas que no se opongan a la moral, la ley o el orden publico, según el art. 1255 del Código Civil. Yo creo, sin embargo, que habría que tomar como referencia el valor actual del piso y efectuar una corrección por la deuda que se asume, teniendo en cuenta otros como los gastos notariales de la transacción y registro. Quien se queda con la hipoteca, lo hace por un valor de tasación superior, sin duda, al actual.
Buenas tardes. Coincido con el compañero en que lo lógico sería tomar como referencia, no el valor escriturado del piso, sino el valor actual. No obstante, si acuerdan entre ambos que dicho valor sera el que figura en la escritura, es perfectamente válido. Quedamos a su disposición para estudiar el asunto con mayor detalle, si así lo desea.