Imcumplimiento de convenio regulador
Buenos días,
Para poderle ofrecer una respuesta mas ajustada necesitaríamos poder examinar el contenido del convenio regulador.
En todo caso, como seguramente sabrá, los obligados a pagar el IBI o las basuras son los propietarios del inmueble, por lo tanto, la Administración podrá reclamar el pago de los mismos tanto a Usted como a su ex-pareja. Lo mismo pasa con las cuotas de la comunidad, de tal manera que, si se produce el impago de alguna cuota, la comunidad de propietarios les podría reclamar su pago.
Lo anterior es independiente a que exista un convenio regulador que obligue a asumir las cargas del inmueble a uno u otro propietario (o a ambos por igual), ya que los efectos del convenio alcanza a las partes y no a terceros.
Así pues, según lo que Usted expone, si su ex pareja no ha pagado el porcentaje que le corresponde de IBI (o cualquier otro concepto) puede encontrarse que la administración le requiera para el pago y tener que hacer frente a la parte impagada y a posibles recargos. Todo ello, sin perjuicio de que posteriormente le pueda reclamar a su ex-pareja (vía ejecución civil) la parte que usted a abonado y que le correspondía a su ex pareja asumir según convenio.
Si lo desea, pude ponerse en contacto con nosotros y concertar día y hora de visita y así poderle dar una respuesta personalizada y buscar la mejor solución al problema que nos plantea.
Cordialmente.
ABOGADO VIOLENCIA DE GENERO GRANOLLERS Silvia Catot
Abogado de Granollers especializado en Derecho Penal Común
Buenos días,
Si como dice, consta en la sentencia que su ex pareja tiene la obligación de abonar esos gastos, y usted ha abonado el gasto, puede interponer una demanda de ejecución ante el juzgado para que le obliguen a pagar esas cantidades. Es mucho más rápido y práctico que poner una demanda en reclamación de cantidad.
Para saber si los gastos de comunidad debe pagarlos, habría que comprobar la sentencia. Si no está contemplado, dado que los gastos de comunidad se refieren a gastos de uso de los servicios comunitarios debería abonarlos aquel que tiene atribuido el uso de la vivienda. Diferente es si hablamos de derramas para hacer reparaciones de fachadas o otras que afecten a la propiedad. En este caso, debe pagarse en función de la cuota que como propietario a cada uno le corresponda.
Si lo desea puede ponerse en contacto conmigo y revisamos la sentencia y las posibilidades para poder reclamar esas cantidades.
Un saludo,
Buenos días,
Ante un incumplimiento del convenio usted debe requerir por escrito a su ex conyuge para que pague las cantidades que debe. Debe cuantificarlas exactamente y requerirle para que se las ingrese en su número de cuenta en un plazo de por ejemplo una semana.
El requerimiento debe redactarlo y enviarlo por burofax con certificación de contenido y acuse de recibo, lo que cuesta unos treinta euros pero así su ex no puede decir que no le haya requerido.
En caso de que no le pague, entonces debe instarse una ejecución de la sentencia que recogió el divorcio. (entiendo que está recogido en el convenio)
Los gastos de comunidad si no se ha dicho lo contrario entiendo que deben pagarlos a medias.
Si quiere comentar el tema personalmente, le ofrecemos una primera visita gratuíta sin compromiso.
Ignacio Tomás
Abogado
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Si lo que usted aduce está regocido en el convenio regulador, aprobado por el juez, le sugiero que se ponga en contacto con el abogado que le ha llevado el asunto, y, si ha lugar a ello, que presente una demanda de ejecución del convenio regulador.
Tiene dos opciones, si esta recogido en la sentencia, interponer proceso de ejecucion reclamando el cumplimoento o si lo ha abonado usted pedir el cobro. O bien si lo ha abonado interponer una demanda de reclamación de cantidad.
Si tiene mas dudas póngase en contacto con nosotros. Gracias.
BUFET JURÍDIC INTERNACIONAL VIDAL i CARDONA
Abogado de Vilassar de Dalt especializado en Derecho Internacional
Depende de si esta recogido en sentencia o no. Si lo tienes recogido lo puedes reclamar. Sino lo tienes recogido y tienes el uso la ley ha cambiado y IBI y basusas corresponden al que tiene el uso
Debe ejecutar el Convenio Regulador ante el Juzgado que dictó Sentencia.