Sobre un impago de alquiler
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Considero que es incorrecto hablar de prescripción de sentencias. Le significo que cuando la sentencia es firme, por lo general, se dispone de dos meses para que se cumpla voluntariamente, y, en caso contrario, la parte de adverso pedira la ejecución forzosa, y si no se le encuentran bienes al deudor, tras agotar todas las vías de investigación, cuando vaya a mejor fortuna, se le trabará embargo sobre sus bienes
A los 5 años desde que la sentencia sea firme.
Quedo a su disposición para cualquier aclaración al respecto, mediante contacto en el teléfono que aparece en la siguiente web: http://www.miroconsulting.es/html_docs/contacto_ESP.php .