Impago del finiquito
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Mejor respuesta según autor
Buenos días,
Para que la reclamación de cantidad que comenta tenga éxito, debe poder acreditar que los días que no le han pagado estuvo trabajando, pues por lo que comenta parece que esos días fueron trabajados sin estar asegurado.
En el caso de poder acreditarlos, además de exigir el pago de los mismos, debe exigirse la correspondiente cotización.
Al tratarse de una reclamación de cantidad tiene un año de plazo, deberá presentar una reclamación en forma de papeleta de conciliación ante el TAMIB (mejor si se lo prepara un abogado) y si no se logra llegar a un acuerdo en cuanto al pago de los importes que le adeudan, deberá realizarse una reclamación judicial.
Deberá valorar si le merece la pena el importe reclamado respecto al coste de un abogado.
Un saludo,
MªAntonia Martorell
Abogado Ibiza Hornillos Marchetti Abogados
Abogado de Eivissa especializado en Derecho Penal Común
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Estimado Consultante, dependiendo de los documentos que puede aportar (las nominas cobradas por banco o cheque), si ha firmado ya el documento del finiquito o ha quedado pendiente trás su pago, si se le hizo entrega del certificado de empresa etc., podrá interponer una demanda de reclamación de cantidades. Ahora bien: todo depende de varias cuestiones en terminos de tiempo por lo que, podría ser todavía posible acudir al Tribunal de Mediación (TAMIB) de Baleares. Quedamos a su disposición. Un cordial saludo.
Abogado Despidos Palma de Mallorca María Marcelina Sobrino Vallez
Abogado de Palma de Mallorca especializado en Responsabilidad Civil
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En estos casos en los que no le han abonado el finiquito, según relata. Debe reclamárselo a la empresa, en caso de que ésta aún no se los haya abonado, deberá reclamárselos legalmente.
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Dado el tiermpo transcurrido no creo que tengan intención de ingresarle el finiquito. En mi opinión la única solución es instar una Conciliación ante el TAMIB
LARROTCHA y DEL CAMPO ABOGADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho Internacional
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Puede hacer reclamación de cantidad. Si lo desea le daremos presupuesto sin compromiso
. Puede contactar en www.ldcabogados.com
Miguel Moragues Sbert
Abogado de Palma de Mallorca especializado en Invalidez
En este caso, usted tiene un plazo de 1 año para interponer reclamación.
En primer lugar, debe interponer reclamación ante el TAMIB y en caso de que no haya acuerdo en dicho organismo, el siguiente paso es la interposición de la demanda judicial en reclamación de las cantidades que le adeude la empresa.