Impago pensión alimenticia

Desde hace más de dos años yo, el padre, tengo otorgada la guarda custodia, ya que a la madre (que hasta entonces la compartía) modificó su residencia a muchos kilómetros de distancia del hijo. La misma sentencia fija de 150€/mes como contribución que la madre debe aportar de pensión alimenticia más la mitad de los gastos extraordinarios, cosa que no hizo durante unos 2 años seguidos en los que sospecho se hubiera declarado insolvente. Ahora sé que recientemente tiene trabajo y nómina. Puedo conseguir que satisfaga la totalidad de la deuda acumulada además de garantizar el cobro de las sucesivas mensualidades si se le interpone una denuncia (civil o penal) ?

Respuestas de otros profesionales:
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SUÁREZ ABOGADAS - Derecho de Extranjeria, Penal y Familia. Especialistas en Mediación.
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Buenos días
Para el cobro de la pensión de alimentos usted debe mediante proceso ejecutivo, reclamar los últimos cinco años de pensión y en caso de que se insolvente e indique que no puede pagar, la vía penal permitirá que usted cobre esta pensión.
Puede concertar una cita, que es gratuita, llevando copia de la sentencia y le asesoraremos para que usted cobre no solo lo que debe los últimos cinco años sino que continúe pagando la pensión
Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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PORTERO y PEÑA tus ABOGADOS

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Abogado de Sevilla especializado en Violencia de género

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Puede reclamar los últimos cinco años, con la correspondiente actualizacion. Por tanto, sí puede reclamar la totalidad de lo que le adeuda.

Si está interesado le realizamos la gestion de reclamación SIN COSTE PARA USTED, cobrando nuestro despacho las costas a ella.

Solo necesitamos que nos remita, escaneada, la sentencia en la que se le otorga a usted la guarda y custodia y la pensión alimenticia.

Quedamos a la espera de su respuesta.

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BUFET JURÍDIC INTERNACIONAL VIDAL i CARDONA
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La via civil le permitirá embarga bienes si tiene, la via penal si prospera solo supondra una pena para el infractor y después del proceso penal el pago de las pensiones debidas como responsabilidad civil. Somos espoecialistas en derecho de familia, consulte más detalladamente con nosotros si les interesa

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MONTIEL Y ASOCIADOS

MONTIEL Y ASOCIADOS

Abogado de Rozas de Madrid especializado en Derecho Penal Común

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Lo mas rapido seria interponer una demanda civil de ejecucion de sentencia por impago de alimentos. A su disposicion.

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