Impago de pensión alimenticia

Mi ex no me pasa la pensión alimenticia e iba a solicitar una ejecución de sentencia por lo civil, pero al recibir el burofax de lo que tenía que abonar ha cambiado la propiedad de nombre, así que ahora mismo no se le podría embargar nada, ya que está en paro. Mi pregunta es: ¿puedo ir por la vía penal?
¿Qué pasos tengo que seguir?
Gracias

Respuestas de otros profesionales:
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Abogados Accidentes Almeria - M.ª BELEN ABAD GARCIA
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Si puede ir por la vía penal y le recomiendo que así lo haga, al ser ésta, en algunos casos, la única vía para poder conseguir el pago de la pensión de alimentos. Y si, además se puede demostrar que ha ocultado bienes para evitar el embargo después de recibir el burofax, entonces podría también ir contra él por el delito de alzamiento de bienes o insolvencia punible. Para poner una denuncia, le aconsejo que lo haga directamente en el Juzgado y con Abogado, pues así, desde el primer momento tendrá el control del proceso y estará debidamente asesorada de todos los pasos a seguir, evitando dilaciones más allá de lo necesario. Si lo desea, póngase en contacto con este despacho en ag1993@icaalmeria.com o personalmente en cualquiera de los despachos de Almería o El Ejido. Cita previa.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Iure&Lex Servicios Jurídicos

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Abogado de Granada especializado en Derecho Bancario

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Nosotros somos partidarios de utilizar la vía penal siempre en último caso. Esta claro que si su ex-marido se niega a pagar y encima utiliza esas artimañas para no hacerlo, no dejaría otra posibilidad. Los inconvenientes que tiene esa vía bajo nuestro punto de vista es que al final si hay niños de por medio, son los que peor parados pueden salir psicológicamente. Nosotros intentaríamos hasta última instancia la ejecución por vía de la conciliación y si no se puede hacer nada que por lo que veo dice usted es así..., ya iríamos penalmente. Para cualquier consulta solo tiene que ponerse en contacto. Trabajamos a nivel nacional.

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MARTIN ORTEGA ABOGADO

MARTIN ORTEGA ABOGADO

Abogado de Almería especializado en Derecho Civil

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Si, podríamos ir por la vía penal por alzamiento de bienes. No obstante, primero haríamos una averiguación patrimonial para ver si dispone de cuentas con saldo positivo. Si lo desea contacte con nosotros y comentamos detenidamente sobre el asunto y sus posibilidades.

Un saludo
María Jesús Martín

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AC ABOGADOS

AC ABOGADOS

Abogado de Palencia especializado en Derecho Penal Común

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Si se puede ir por la via penal, y cuando no se ha conseguido por otras vias es lo mas recomendable, aqui tenemos la presion de ir a la carcel como aliciente para pagar.

Por lo penal lo que se intenta es que sea condenado por un delito de impago de pensiones, lo cual conlleva carcel y antecedentes.

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ABOGADO VIOLENCIA DE GÉNERO ALMERIA INMACULADA VELA JIMENEZ
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Deberá interponer denuncia, aportando todo documento acreditativo de dicho impago; es decir, extracto de cuenta bancaria en la que el padre debe efectuar el ingreso. Para más información, puede ponerse en contacto mediante correo electrónico (ivelajabogados@hotmail.es). Un saludo

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