¿Me pueden embargar la casa por las deudas de mi ex marido?
Sergio García Y Asociados
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Bancario
Pueden embargar la parte de su ex marido , el 50% del condominio. Lo que aparezca en el Registro de la Propiedad o Registro de bienes muebles a su nombre por la "publica fe registral".
Pero habría que conocer mas datos , como si hay hipoteca sobre la vivienda donde reside, si su marido trabaja o no, etc....
Creo que debería consultar a su letrado de oficio y si no esta de acuerdo con su gestión comuníquelo al Colegio de Abogados.
De todas formas estamos a su disposición y damos facilidades de pago.
No es normal tanta demora en via civil y en via penal ya tendría que haber sido celebrado el juicio por impago de pensiones. El tema de la vivienda es delicado y efectivamente habría que actuar de inmediato solicitando la liquidación de gananciales y computando los derechos de propiedad con el impago de pensión para que la vivienda quede en propiedad solo de ud. Ofrecemos facilidades de pago no dude en llamarnos
ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Bancario
Además de lo expuesto por mi compañero, con quien coincido, indicarle que puede reclamar todo lo que le adeude su ex de los últimos 5 años. Para ello en principio podría tener 2 vías, la civil, instando la ejecución de la sentencia, y la penal. Si lo desea, estoy a su disposición para recibirle en mi despacho, estudiar su asunto en detalle y buscar la mejor solución para sus intereses.