Impago de pensión de alimentos y derechos del padre.

Tengo sentencia firme de divorcio desde hace un año y un hijo de 5 años al que su padre no pasa la pensión alimenticia. Vivimos en Málaga y el padre en Logroño. No cumple ni visitas ni pago de pensión, pero si que tiene dinero para llevarse al niño de vacaciones. ¿Tiene derecho a llevárselo aún gastándose unas cantidades de dinero que dice que no tiene para pagar la pensión? Muchas gracias.

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Abogado Derecho inmobiliario Málaga - Javier Faet Alcober
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Estimada usuaria: el régimen de visitas establecido para el padre no es sólo un derecho que él tiene, sino también una obligación que le corresponde por ostentar la patria potestad del niño. Además es también un derecho del niño el de poder comunicarse y visitar a su padre. En este sentido podría reclamarse el cumplimiento del régimen de visitas acordado en sentencia y que el padre visite y esté con su hijo los días que el juez señaló. Ahora bien, todo ello es independiente del pago de la pensión de alimentos, y no por no pagar lo que corresponde va a poder impedirse que visite a su hijo. En cualquier caso, usted puede reclamarle la pensión que su ex-marido no le ha pagado, más aún si tiene sospechas de que efectivamente su situación económica es de suficiente solvencia para ello. Quedo a su disposición, reciba un saludo. Javier Faet

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Son dos cosas distintas:
Alimentos. El padre tiene la obligación de pasar la pensión alimenticia; si no lo hace, usted puede denunciarle. Distinto es que no tenga recursos porque esté en paro, en cuyo caso, si realiza algún pago esporádico, probablemente no le condenarían.
Visitas. En cuanto a las visitas, supongo que residiendo en distintas provincias y tan distantes, habrán convenido un régimen abierto, pues de otra manera sería difícil cumplirlo. En todo caso, considere que ese régimen de visitas no está pensado en beneficio del padre, sino del hijo. Lo que se pretende es que el menor conviva el mayor tiempo posible con ambos progenitores. Por tanto, en este caso, más que un derecho para el padre, es una obligación, como el resto de las visitas que tengan pactadas.

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Abogado Herencias Malaga Antonio Pardo Skoug

Abogado Herencias Malaga Antonio Pardo Skoug

Abogado de Málaga especializado en Derecho de Familia

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Desafortunadamente es así, son dos cosas independientes; lo oportuno sería ejecutar la sentencia para lograr el embargo de sus bienes por las pensiones impagadas. Lo que no le recomiendo es que obstaculice el derecho de visita ( bien en fin de semana ni en vacaciones) pues el padre le podría poner una denuncia por este incumplimiento.

Me tiene a su disposición

Saludos cordiales

Antonio Pardo Skoug
www.abogadopardoskoug.com

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