Impedir acceso a comunidad de vecinos

Buenos días,

Tenemos unos vecinos a los que acude desde hace tiempo una persona, que dice ser familiar de la que vive en ese piso, y que produce todo tipo de ruidos y molesta. Además, se ha intentado el diálogo pero va en plan amenazas y ya se llamó en su día a la policía pero al parecer no estaba porque se marchó antes de que llegara la policía.

Esa persona que produce altercados, continúa en su actitud desafiante y sigue acudiendo. La pareja de la persona que reside en dicho piso junto con los hijos está en prisión y es a éste a quien pertenece el piso. Por lo tanto, puesto que es molesta y amenaza, me gustaría saber si a esa persona que no vive en este portal se le puede impedir el acceso a la misma o qué medidas tomar para impedir que siga viniendo.

Gracias

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Abogado Urbanismo Madrid INMOURBANISMO

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Inmobiliario

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Creo que deberían intentar averiguar si el propietario de la vivienda le ha cedido la misma por algún título o si simplemente le ha dejado ir a ocupar la misma. De cualquier modo, no sé si se han dirigido Vds al administrador de la finca para denunciar dicha situación y que intente él hablar con la propiedad para que le inste a esta persona a cesar en su actitud. Por otro lado, no sé si tienen portero que le pueda impedir la entrada, aunque si esta persona tiene algún título (arrendamiento, derecho de uso...) entonces no se le podría impedir.
Si todo esto fuera complicado, por encontrarse el propietario en la cárcel, entiendo que se podrían plantear una demanda judicial aunque esto habría que estudiarlo más detenidamente.
Para cualquier otra consulta que pudieran tener, pueden ponerse en contacto conmigo en los datos que figuran en mi perfil.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ESTUDIO JURÍDICO GONZALEZ COLOMA
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Buenos días, el presidente de la comunidad de propietarios debe realizar una Junta Extraordinaria donde tratar el tema de los ruidos y molestias del piso y requerir el presidente a la persona propietaria de la vivienda a fin de que cesen las molestias en un plazo de dos o tres días y en caso contrario se iniciarían acciones legales, que por otro lado igualmente se deben aprobar en Junta.El procedimiento que deben de iniciar, una vez dados los pasos anteriores, y todo documentado, es la acción de cesación de actividades molestas que se rige por la LPH, y así terminaran sus problemas.
Un saludo,
Gema González Coloma.
Abogada

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Las posibilidades de reacción son limitadas, ya que la comunidad por sí misma, no está revestida de fuerza pública. Las opciones que les quedan son dos: o contratan seguridad privada y colocan carteles en el que está prohibida la entrada a toda persona ajena (sería recomendable tratar esto en Junta de vecinos) o cada vez que esto suceda, deben llamar a la Policía Municipal, y denunciar cuantas amenazas efectúe, pidiendo incluso orden de alejamiento.

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