¿qué impuestos he de tener en cuenta en mi factura si soy autónomo y el cliente es persona física?
Abogado Herencias Barcelona Nieto Abogados
Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
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Buenos días. Si el cliente es persona física en principio no debe tener retencíón a no ser que también sea empresario persona física como Vd. Sería conveniente que nos indicara cuál es su actividad económica para poder hacerle un asesoramiento fiscal más detallado. Puede contactar con nosotros vía mail a masnietoabogados@gmail.com.
Saludos cordiales, Rosa Nieto, Abogado de MAS&NIETO Abogados, asesores de autónomos y pymes.
ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE
Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia
La facturación debe incluir el importe de sus servicios (Base Imponible) + el IVA al 21%.
Si el cliente a favor de quien realiza la factura es profesional (ya sea persona física o empresa), deberá practicar sobre la Base Imponible una retención del 21%, que, este cliente, deberá posteriormente ingresar en Hacienda.
Para cualquier otra cuestión puede contactar con este despacho a través de esta misma página web.
Abogado Accidentes Vigo - GLQ ABOGADOS
Abogado de Vigo especializado en Derecho Administrativo
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Al realizar una factura para persona física, cliente final, debemos repercutir el IVA pero no aplicamos retención
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
En relación con lo aducido por usted, en la confección de la factura, deberemos tener únicamente en cuenta la reprecusión del IVA, cuyo tipo general es del 21 %. de la base, pero no haremos retencion sobre el IRPF.`
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Solamente el cobrarle el IVA. atte. Manuel Alonso
Abogado Divorcios Hospitalet AG abogados
Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia
Buenos días, sólo cobre el IVA. Un saludo.