Incapacidad aboluta revisiones

Hola tengo una IP absoluta y ya he ido a 2 revisiones a la 3º revisión te la dan definitiva?
voy hacer 30 años este año. un saludo gracias espero vuestra respuesta.

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Abogado de Vivienda Málaga Ferrary Abogados
Contestado

La resolución por la que se establece la prestación por incapacidad establece el plazo en que puede ser revisada por agravación o mejoría. Esta posibilidad de revisión cesará cuando se haya cumplido la edad mínima para acceder a la pensión de jubilación.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado