Incompatibilidades para trabajar en la Administración Pública
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Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Urbanístico
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Contestado
La ley 53/1984 de incompatibilidades del empleado público, aún vigente, impide la compatibilidad al empleado que perciba complementos superiores al 30% de su retribución básica. Posiblemente esa sea la causa que alega la consejería para denegársela salvo que renuncie a sus complementos.
Como posible vía de salvar dicho impedimento, cabría estudiar si la actividad privada que desarrolla en el espectáculo pudiera englobarse en una actividad artística, que quedaría excluida del régimen de incompatibilidades, según el art. 19 de dicha Ley.
Quedo a su disposición para cualquier consulta.
Jesús Villodre
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