Incumplimiento de palabra

Al prometer y dar principios de buena fe ante una parte de pago y no cumplir, pero no tener pruebas. puedo demandar.
Se ha pactado que al tener unos documentos y cumplir con un determinado tiempo pasaría la empresa a mi nombre únicamente el se retiraría ya que no esta conforme y me dejaría todo el mando a mi favor. ahora esta diciendo que no. que tengo que darle una parte en dinero por la retirada, cuando ya se había pactado el retiro voluntario, ademas él debe un monto de dinero por prestamos que se hicieron, pero insiste que debo darle dinero para retirarse.

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JAVIER L. VALERO BERMEJO - ABOGADO

JAVIER L. VALERO BERMEJO - ABOGADO

Abogado de Zaragoza especializado en Derecho Civil

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Buenas tardes, sin pruebas no es aconsejable presentar demanda. No obstante existen medios para determinar la voluntad de las partes en un principio bien mediante hechos propios o ajenos, bien mediante pruebas de testigos imparciales y fuera de toda duda que pueden ayudar a sostener lo que uno demanda.
El suyo es un asunto que exige una conversación y un análisis por ejemplo de ese pago inicial que ud. hizo (cómo se hizo, a quién, en concepto de qué, etc.).
Un saludo.

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ANDREU ALENDA ABOGADOS SCP
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Estimado Sr.
Los contratos verbales son válidos en nuestro derecho pero en su caso veo que hay un grave problema de prueba. Si no puede acreditar ni con documentos ni con hechos coetáneos y posteriores el alcance de su acuerdo, será difícil. No obstante, en situaciones similares, cuando una de las partes transmite se suele desentender del negocio de alguna forma. Sería cuestión de hablar con más detalle y buscar esas pruebas.

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LACAMBRA DESPACHO DE ABOGACÍA SLUP

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Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

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Buenas tardes:

El reconocimiento de deuda se acredita por escrito con prueba documental.
Un email, un mensaje del teléfono móvil, etc.. valdría como documento probatorio.
Si no tiene ningún documento es difícil obtener una sentencia favorable para usted.
Atentamente.

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Abogado Herencias, división patrimonial y reclamaciones Ciudad Real Santiago Coello Bastante
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Buenas tardes, todo depende de los indicios y la fuerza que estos tengan para mantener su pretensión. Un saludo.

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Ley de segunda oportunidad Zaragoza JUAN MANUEL PALACIO MARCO
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Sin pruebas solo con la palabra no puede demandar. Atentamente

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