Indemnización por despido no devuelta tras readmisión
Una vez que el trabajador se ha reincorporado a su puesto de trabajo tras declararse la improcedencia del despido, éste ha de devolver el importe de la indemnización a la empresa, que tiene varias opciones:
- detraerla de su nómina (respetando los tramos del S.M.I. para los embargos), proporcionalmente mes a mes hasta que esta deuda quede saldada.
- llevar a cabo una reclamación en la Jurisdicción Social, ya sea mediante un proceso Monitorio o con una reclamación de cantidad por el procedimiento ordinario.
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BARCELONA - EJP ABOGADOS
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil
En caso de readmisión al trabajador se le adeudan salarios de tramitación, que deben compensarse con la indemnización entregada en su día y que ahora es indebida. La diferencia entre una cosa y otra, si es favorable a la empresa, puede ser objeto de reclamación judicial ante la jurisdicción social o incluso de denuncia penal por apropiación indebida, sin perjuicio de que ello pueda ser causa de nuevo despido. EJP Abogados
Buenos días,
Habría que reclamarle al trabajador ese importe, pero en nada afectará al tipo de despido, el cual según nos comenta, ya está determinado mediante sentencia.
Si deseara que le tramitaramos esa reclamación no dude en contactar con nosotros.
Un saludo
Desde mi punto de vista, el trabajador esta abusando de la confianza y en cierto modo intenta que prescriba el derecho de la empresa. Considero que el despido seria disciplinario por transgresion de la buena fe.
Estamos a su disposicion para cualquier tramite