Indemnizacion despues de una incapacidad absoluta
Abogado accidentes Bilbao Tamara Diez
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
Si se refiere a indemnización por despido, no. Esto es así porque no es un despido. La declaración de incapacidad extingue la relación laboral.
Su finiquito se calculará teniendo en cuenta el salario pendiente de percibir, vacaciones devengadas y no disfrutadas sin tener derecho al prorrateo de las pagas extraordinarias ya que éstas están incluidas en el subsidio que le han abonado por estar de baja de IT. Existe jurisprudencia en la que se manifiesta que tiene derecho al finiquito, incluyendo vacaciones no disfrutadas; cuantías adeudadas por la empresa al trabajador; y las cuantías de mejora de la IT que establezca el convenio.
Un saludo.
Abogado Compra Venta de Empresas Barcelona Javier Santos Giralt
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil General
HOla, tiene derecho a percibir salarios pendientes de cobro, parte proporcional de pagas, vacaciones no realizadas, pero no a imdemnización por despido.
Si lo necesita podemos examinar la documentación para darle una respuesta más exacta.
Abogado accidentes Cornellá - GG Advocats: Cristina Galván García - Nídia Galán Fernández
Abogado de Cornellà de Llobregat especializado en Derecho Civil General
Buenas tardes, Tal y como comentan mis compañeras no tiene derecho a indemnización por despido