Indemnizaciones despido
Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Urbanístico
Todas las cantidades percibidas en el año 2012 en concepto de indemnizaciones por despido están exentas de la declaración del IRPF de ese ejercicio, excepto en los importes que superen los máximos legales para el despido improcedente. Esa ha venido siendo la regla general, que se mantiene tras la reforma operada por Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.
En esta Ley, sólo tributan al IRPF las cantidades percibidas como despido improcedente antes del acto de conciliación o por extinciones previas al mismo: se refiere a los despidos reconocidos como improcedentes por el empresario sin impugnación o "despidos exprés", siempre que se hayan percibido después del 8 de julio de 2012 (fecha de entrada en vigor de la Ley). Jesús Villodre.