Individualizacion calefacción central
Abogado Administrador de Fincas Las Rozas de Madrid Jose Antonio Ruiz Sanchez
Abogado de Rozas de Madrid especializado en Derecho Civil
El Art. 9 e) de la Ley de Propiedad Horizontal menciona como obligación de los comuneros a "Contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización"
Basándose en este Art. podrá solicitar de la presidencia de la comunidad la convocatoria a Junta General Extraordinaria, donde podrá exigir la individualización de los gastos.
Si el presidente no la convocara, podrá realizar la Junta, a pesar de ello, con el 25% de propietarios y cuotas.
El último recurso, si todo esto no se consigue es la interposición de demanda contra la comunidad.
Puede pedir cita a
Letrado D. José Antonio Ruiz Sánchez
Abogado ICAM Col. 70646
Abogado Despidos Móstoles ANIBAL GRUPO EMPRESARIAL
Abogado de Móstoles especializado en Derecho Laboral
Buenas tardes, el proceso para poder efectuar la individualización comienza solicitando al presidente que incluya como punto del orden del día de la próxima junta de propietarios la individualización del consumo mediante la instalación de contadores independientes. Si en junta sale aprobado deben acometer los pasos necesarios para ejecutar el acuerdo. En caso de que no saliese aprobado, se podría interponer demanda judicial para la ejecución de la individualización del consumo, dado que se habría adoptado un acuerdo contrario a ley. Un saludo.