Informacion custodia
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Su pregunta es confusa como para poder responder con precisión, pues como se indica la custodia compartida no suele suponer pensión, al hacerse cargo cada uno de los gastos en el período de convivencia o mediante ingreso en cuenta común. La pensión de alimentos es un derecho del menor y una obligación ineludible del progenitor. Espero haber sido útil, saludos cordiales.
Buenas tardes. Su obligación de pago de la pensión de alimentos es indiscutible. No puede alegar ningún tipo de excusa. Si deseaamampliar información puede contactar con nosotros. Somos especialistas en derecho de familia. Un saludo
Advocat Banyoles - Q & B Advocats
Abogado de Banyoles especializado en Derecho Penal Común
Normalmente si existe custodia compartida no hay pension de alimentos. No se si se refiere a eso.