Inmatriculación finca. art. 207 lh
ALONSO ABOGADOS
Abogado de Vigo especializado en Derecho de Familia
Es fundamental estudiar el contrado de arras. Si en dicho contrato no se contempla nada acerca de la financiación para la compra puede entenderse que ha incumplido unilateralmente el contrato. Si por el contrario se pacta la financiación en la oferta sería algo diferente y habría incumplimiento por parte del vendedor por lo que podría resolver el contrato y solicitar la devolución de las cantidades entregadas. Si precisa una información detallada no dude en contactar con nosotros mediante teléfono o e-mail, estamos encantados de asesorarle.
Abogado Accidentes Vigo - GLQ ABOGADOS
Abogado de Vigo especializado en Derecho Administrativo
Lo fundamental es ver el contrato, ya que la causa es ajena a la voluntad de las partes y podriamos solicitar la resolución del contrato lo que conllevaria la devolucion de las cantidades entregadas como arras. La posibilidad de requerir a la otra parte que procesa a inmatricular la finca o iniciar el proceso nosotros para proceder asi con la venta, es otra posibilidad. En glqabogados vigo estaremos encantados de estudiar su caso y buscar una solución.
Me temo que muchos tienen intención sincera de compra de un Ferrari, pero les falta el dinero para tal fin. Si la no concesión de un préstamo por una entidad bancaria es la causa de que no haga efectivo el precio, es algo que tampoco depende de la otra parte. Si compra sin disponer del dinero que constituye el precio, ha de asumir las consecuencias que se deriven de un contrato de arras penitenciales.
Habría que mirar el contrato pero en principio parece que puede usted pedir la resolución del contrato y la devolución del dinero entregado. De todas formas, si usted esta interesado en esa compra se puede iniciar un procedimiento judicial para proceder a la inscripción registral.
Estimado consultante, a falta de mayor concreción, no se puede determinar quien ha incumplido el contrato. Estamos a su disposición.