Inmatriculación finca. art. 207 lh

Después de firma contrato arras penitenciales y estableciendo que si la entidad hipotecante no concede operación para compra por demora en legalización finca o por no cubrir el importe mínimo la tasación, resulta que la entidad (ya he consultado en dos) no concede operación hipotecaria por inmatriculación de finca. Este supuesto no había sido contemplado en contr. arras, sin embargo: ¿puedo tener algún problema para la recuperación del dinero entregado en el contrato de arras 15 mil €?
El motivo del no cumplimiento del contrato NO depende de mi intención (sincera) de compra,sino de la negativa de las entidades para la concesión del préstamo. Por tanto, les rogaría me comunicasen si puedo tener algún problema judicial para la recuperación del dinero entregado llegado el caso a juicio

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ALONSO ABOGADOS

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Abogado de Vigo especializado en Derecho de Familia

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Es fundamental estudiar el contrado de arras. Si en dicho contrato no se contempla nada acerca de la financiación para la compra puede entenderse que ha incumplido unilateralmente el contrato. Si por el contrario se pacta la financiación en la oferta sería algo diferente y habría incumplimiento por parte del vendedor por lo que podría resolver el contrato y solicitar la devolución de las cantidades entregadas. Si precisa una información detallada no dude en contactar con nosotros mediante teléfono o e-mail, estamos encantados de asesorarle.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Abogado Accidentes Vigo - GLQ ABOGADOS

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Abogado de Vigo especializado en Derecho Administrativo

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Lo fundamental es ver el contrato, ya que la causa es ajena a la voluntad de las partes y podriamos solicitar la resolución del contrato lo que conllevaria la devolucion de las cantidades entregadas como arras. La posibilidad de requerir a la otra parte que procesa a inmatricular la finca o iniciar el proceso nosotros para proceder asi con la venta, es otra posibilidad. En glqabogados vigo estaremos encantados de estudiar su caso y buscar una solución.

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Abogado Civil Pontevedra - Antonio Villanueva Abogados
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Me temo que muchos tienen intención sincera de compra de un Ferrari, pero les falta el dinero para tal fin. Si la no concesión de un préstamo por una entidad bancaria es la causa de que no haga efectivo el precio, es algo que tampoco depende de la otra parte. Si compra sin disponer del dinero que constituye el precio, ha de asumir las consecuencias que se deriven de un contrato de arras penitenciales.

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MONTIEL Y ASOCIADOS

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Abogado de Rozas de Madrid especializado en Derecho Penal Común

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Habría que mirar el contrato pero en principio parece que puede usted pedir la resolución del contrato y la devolución del dinero entregado. De todas formas, si usted esta interesado en esa compra se puede iniciar un procedimiento judicial para proceder a la inscripción registral.

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ALONSO Y PONS, Abogados

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Abogado de Valencia especializado en Derecho Comunitario

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Estimado consultante, a falta de mayor concreción, no se puede determinar quien ha incumplido el contrato. Estamos a su disposición.

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