El inquilino devuelve llaves pero no firma rescisión de contrato ¿puedo entrar a la vivienda?

Buenas tardes. Tengo un inquilino, que no me ha comunicado fecha de fin del alquiler (lleva más de 6 meses). Ha entregado las llaves al portero del edificio y ha hecho la mudanza. No ha firmado la rescisión del contrato y me debe 2 mensualidades más gastos de luz, agua y gas. Me he puesto en contacto vía email y mensajes, y al final me ha comunicado por mensaje que me deja las llaves con el conserje y que se ha mudado. ¿Puedo entrar en la vivienda? ¿Cómo le reclamo la deuda? No sé en que estado me ha dejado la vivienda, pero tampoco me atrevo a entrar por si luego me reclama algo. Tengo de testigo al conserje de que ha realizado la mudanza y que me deja sobre con las llaves de la vivienda. Gracias.

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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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En relación con lo que pregunta, le precisamos lo siguiente: 1) El inquilino, con los actos y en la forma que comenta, le ha comunicado su salida de la vivienda, aunque no haya firmado nada; 2) La prueba de ello es lo que le ha dicho por mensaje y el acto concluyente de haberle dejado las llaves al conserje en un sobre para que se lo entregue, siendo probablemente dicho conserje testigo de la propia mudanza; 3) Por lo tanto, desalojado el piso queda comprobar su estado entrando en él, preferentemente con alguien más, y documentar dicha entrada y, sobre todo, el mal estado si se quiere reclamar, siendo válido para ello cualquier medio admitido en derecho (video, fotos, dictamen pericial con valoración de daños, acta notarial o testigos); 4) Con todo ello, le recomendamos buscar un abogado para valorar, antes de hacer nada, la viabilidad o conveniencia de la posible reclamación de rentas y daños; 5) Si desea contactar con nosotros puede hacerlo por teléfono o email. Trabajamos en toda España y también damos asesoramiento online.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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LABE Abogados

LABE Abogados

Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

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Estimado cliente: Le informo de que por todos los datos expuestos y pruebas que posee, consideramos viable la posibilidad de que acceda a la vivienda, al haberle devuelto el inquilino la posesión del inmueble, pero le recomendamos que lo haga en compañía de otra persona para efectivamente constatar los desperfectos del inmueble.
Asimismo, puede proceder a la reclamación de las cantidades adeudadas y daños por medio de un requerimiento fehaciente, y posteriormente por medio de un procedimiento judicial, e incluso habría que valorar la posibilidad de solicitar una indemnización por rescisión del contrato o daños en el piso.
Nuestro bufete tiene más de 30 años de experiencia en la resolución de este tipo de asuntos y cubrimos todo el territorio nacional. Puede ponerse en contacto con nosotros. Quedando a su disposición para asesorarle en lo que necesite, reciba un cordial saludo.

Atentamente.

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ABOGADO DIVORCIO ELCHE ESTHER BARBUDO VAZQUEZ
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Usted dispone de prueba que acredita la voluntad del inquilino de resolver el contrato unilateralmente y de que ha abandonado la vivienda, por lo que podría reclamarle las rentas, agua, luz y gas adeudada, y en su caso, la correspondiente indemnización por resolver el contrato sin previo aviso de forma anticipada si fuera el caso, así como de los daños que le hubiere ocasionado, para lo cual le recomendamos entre con el conserje, testigo y tome fotografías o vídeo o con un Notario para hacer acta presencial con reportaje.
Debería realizar un requerimiento de pago previo a la reclamación y valorar su solvencia antes de reclamar.
Si nuestra respuesta le ha sido útil, le invitamos a que nos deje su valoración, agradeciéndole de antemano su colaboración.
Contáctenos.
Atentamente.

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ABOGADO DIVORCIO ELCHE ESTHER BARBUDO VAZQUEZ
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Usted dispone de prueba que acredita la voluntad del inquilino de resolver el contrato unilateralmente y de que ha abandonado la vivienda, por lo que podría reclamarle las rentas, agua, luz y gas adeudada, y en su caso, la correspondiente indemnización por resolver el contrato sin previo aviso de forma anticipada si fuera el caso, así como de los daños que le hubiere ocasionado, para lo cual le recomendamos entre con el conserje, testigo y haga fotografías o vídeo o con Notario para hacer acta presencial con reportaje.
Debería realizar un requerimiento de pago previo a la reclamación y valorar su solvencia antes de reclamar.

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Usted dispone de pruebas de que el inquilino ha dejado el piso, en realidad ha efectuado una rescisión unilateral del contrato, tiene como testigo al conserje y también tiene el mensaje, por lo tanto considero que no existe problema para que usted pueda entrar en el piso, puede entrar junto con el conserje para que le sirva de testigo por si el piso estuviese deteriorado, y puede fotografiar su estado. Respecto de las 2 mensualidades que le debe, y los gastos de luz y de agua, le sugiero que se ponga en contacto con un abogado de su localidad para estudiar la viabilidad de reclamar dichos gastos e incluso la posibilidad de indemnización por rescisión del contrato o daños en el piso.

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Abogado sanciones urbanísticas Sant Vicente de Raspeig Ana Jose Ganga

Abogado sanciones urbanísticas Sant Vicente de Raspeig Ana Jose Ganga

Abogado de San Vicente del Raspeig/Sant Vicent del Raspeig

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Buenos días, en primer lugar, si el inquilino le ha devuelto la posesión del inmueble aunque no le haya firmado nada, al entregarle las llaves y enviarle el mensaje Ud. puede entrar en la vivienda, pero lo aconsejable es que lo haga con una tercera persona o con un notario para poder acreditar, en su caso, los desperfectos y daños que pueda haber sufrido el inmueble. Por otro lado, puede reclamarle las rentas y cantidades adeudadas por los suministros mediante un procedimiento judicial, y previo a éste, con un requerimiento fehaciente. Si desea asesoramiento estamos a su disposición, un saludo.

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