Inqulino que no paga

Buenos días, mi nombre es Patricia Soria. Soy propietaria de una vivienda adosada en Coria del Río en Sevilla. Mi inquilino debe dos meses de renta (son 450€ al mes), me asegura que no puede pagar porque la empresa para la que trabaja se encuentra en suspensión de pagos y que va a encontrar una solución, pero llevamos así ya dos meses y nada de nada, tampoco veo intención de que me vaya a pagar. Les he dicho que si no paga que el 1 de mayo se vaya de la casa y dice que no puede porque no tiene otro sitio donde ir. Ya no se qué hacer, he pensado en mandar un burofax solicitando que se vaya en 15 días si no abona las cuotas adeudas.

Me gustaría asesoramiento saber qué tengo que hacer y cómo actuar
Muchas gracias.

Saludos

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Buenas tardes Sonia. En su caso considero muy recomendable comenzar remitiendo al inquilino un burofax con acuse de recibo y certificación de contenido requiriéndole del pago de las cantidades adeudadas en un plazo razonable (10-15 días puede estar bien). Si transcurre el plazo y no le paga ni se marcha de la vivienda, podrá interponer contra él una demanda judicial de desahucio por falta de pago y reclamación de las cantidades que le adeude. En cualquier caso, dado que tengo mi despacho en Sevilla, me pongo a su entera disposición para cuantas dudas necesite resolver o incluso para darle cita en mi despacho y, si lo desea, llevarle los trámites oportunos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado de Sevilla especializado en Violencia de género

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Buenas tardes Patricia, me temo que la única solución es instar un procedimiento judicial solicitando la resolución del contrato de arrendamiento, por incumplimiento de pago del inquilino, con expresa petición de DESAHUCIO del mismo; reclamando también las cantidades que le adeuda y las costas del procedimiento.

Es esta la única posibilidad que tiene para recuperar la vivienda, con independencia de las cantidades que le adeude.

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Juan Manuel Carpintero Benítez

Abogado de Sevilla especializado en Derecho de Familia

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Buenos días:

Efectivamente lo mejor es que le mande un Burofax indicando que debe de pagar lo adeudado, o si no le demandará para un desahucio por falta de pago. Debe indicar asimismo que si se marcha en el tiempo indicado le puede perdonar la deuda.

Si no cumple con los plazos debe interponer una demanda de desahucio.

Un saludo.

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Abogado de Sevilla especializado en Derecho Civil

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Es necesario que presente una demanda, si depués de haber requerido mediante burofax el pago de las cantidades debidas no se satisfacen.

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