Inqulino que no paga
ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Bancario
Buenas tardes Sonia. En su caso considero muy recomendable comenzar remitiendo al inquilino un burofax con acuse de recibo y certificación de contenido requiriéndole del pago de las cantidades adeudadas en un plazo razonable (10-15 días puede estar bien). Si transcurre el plazo y no le paga ni se marcha de la vivienda, podrá interponer contra él una demanda judicial de desahucio por falta de pago y reclamación de las cantidades que le adeude. En cualquier caso, dado que tengo mi despacho en Sevilla, me pongo a su entera disposición para cuantas dudas necesite resolver o incluso para darle cita en mi despacho y, si lo desea, llevarle los trámites oportunos.
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Abogado de Sevilla especializado en Violencia de género
Buenas tardes Patricia, me temo que la única solución es instar un procedimiento judicial solicitando la resolución del contrato de arrendamiento, por incumplimiento de pago del inquilino, con expresa petición de DESAHUCIO del mismo; reclamando también las cantidades que le adeuda y las costas del procedimiento.
Es esta la única posibilidad que tiene para recuperar la vivienda, con independencia de las cantidades que le adeude.
Buenos días:
Efectivamente lo mejor es que le mande un Burofax indicando que debe de pagar lo adeudado, o si no le demandará para un desahucio por falta de pago. Debe indicar asimismo que si se marcha en el tiempo indicado le puede perdonar la deuda.
Si no cumple con los plazos debe interponer una demanda de desahucio.
Un saludo.
Es necesario que presente una demanda, si depués de haber requerido mediante burofax el pago de las cantidades debidas no se satisfacen.