Instalación de ascensor en comunidad de vecinos
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Abogado de Córdoba especializado en Derecho de Familia
Contestado
Buenas tardes, en contestación a su pregunta siento informarle que en principio y con los datos facilitados, aunque viva en la planta baja del edificio, no tiene posibilidad de eludirse el pago de la instalación del ascensor salvo que los estatutos de su Comunidad especifiquen expresamente lo contrario. Si no tiene los estatutos, solicítelos a su administrador de fincas, el cual le podrá facilitar una copia. Respecto a las dificultades de pago, llegue a un acuerdo con los vecinos o con el administrador de la Comunidad para intentar que le conceda facilidades de pago por la situación actual que está sufriendo. Un saludo
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor