Intereses de demora en pensión de alimentos
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ABOGADO GRANOLLERS - Mª DOLORES JORQUERA MOYA
Abogado de Mollet del Vallès especializado en Derecho Penal Común
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Hola, tendríamos que mirar el tema con detenimiento pero en principio existen los intereses que jurisprudencialmente se fijan para los gastos de la ejecución, es decir, en respuesta a tu pregunta, una vez saldada la deuda puedes reclamar los intereses de demora. los daños y perjuicios en principio se han de valorar. Si quieres mas información ponte en contacto conmigo. Gracias y un saludo.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Hola
Toda demanda de ejecución dineraria puede incluir una cantidad en concepto de intereses y costas. Por tanto, es perfectamente factible. En cuanto a daños y perjuicios... que daños y qué perjuicios?
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