Juicio de faltas por lesiones imprudentes
Buenos días, en primer lugar no padezca. El juicio se ha iniciado por la vía penal porque la parte contraria quiere evitar el coste de un proceso civil que como entienden muchos jueces es la vía más adecuada para llevar estos casos de responsabilidad civil. Por lo tanto seguramente usted será defendido por el letrado de su compañía de seguros y al ser un juicio de faltas ni tan solo generará antecedentes penales. Un saludo
Efectivamente, se enfrenta una pena de multa por las lesiones y a una posible pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo de tres meses a un año. Respecto a la responsabilidad civil la abonará el seguro que tenía suscrito en la fecha del accidente.
Saludos cordiales
Según establece el art. 621 del C.P, las lesiones imprudentes serán castigadas con la pena de multa de 1 a 2 meses. Además si el hecho se comete con vehículo a motor podrá imponerse la pena de privación del derecho a conducir de 3 meses a 1 año. Además deberá pagar la responsabilidad civil por las lesiones ocasionadas al peatón.
Buenos días,
En primer lugar informarle que al juicio de faltas no es necesario ir con abogado, pero si que es recomendable.
Si nos envía por correo la citación le podremos informar más detalladamente de la situación y las consecuencias que nos comenta, y asesorarle de una forma más amplia.
Un saludo
www.rfabogados.es
CEAN, SCP Abogados & Consultores
Abogado de Valencia especializado en Reclamaciones de Impagados
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