Juicio y sentencia de hurto

buenas tardes, tengo un juicio por hurto el martes que viene, el problema es que yo soy residente en otro pais y no podre estar presente. me han dicho que vaya al juzgado manana mismo y que lleve los billetes de avion y mi carne de residencia en el otro pais, pero no se si tengo que hacer algun tipo de escrito, y si si como etc, o no. es motiv suficiente para que me pospongan el juicio?
tambien querria preguntar que a mi en el momento me dijeron que diese una direccion cualquiera visto que no vivo en espana, pero la pregunta es si yo puedo dar la direccion de pais donde vivo (es decir, fuera de españa) o si forzosamente tengo que dar algun tipo de direccion espanola.

Respuestas de otros profesionales:
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Tu obligación es de acudir en día del juicio, en caso de no poder debes comunicarlo al juzgado por escrito, pero las causas de no poder asistir al mismo es por fuerza mayor, estar enfermo, tener que acudir a un entierro de un familiar, etc. Si no existe causa debes acudir, dado que en caso contrario pueden poner orden de busca y captura.
Si cambias de dirección debes comunicarlo al juzgado, pero debe ser una dirección en España, no en el extranjero.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Adrián Vidal

Adrián Vidal

Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho de Familia

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Como bien dicen los compañeros acuda al juzgado a informarse sobre las dudas que nos comenta. No nos comenta si se trata de una falta o es un delito. No obstante, si se trata de una falta o siendo delito se le solicita una pena inferior a dos años el juicio igualmente se celebrará en su ausencia, aunque lo recomendable es que esté presente para poder defenderse. Saludos.

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Debe dirigirse al Juzgado con toda la documentación que cita y solicitar información al respecto, a fin de de le indiquen el modo de proceder, pues al no describir ni el tipo de procedimiento , etc. no nos es posible darle respuesta mas concreta. Espero haber sido útil, saludos cordiales..

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Javier Salvador Salas
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Si te piden menos de 2 años se puede celebrar el juicio en tu ausencia, no obstante ve al juzgado y pregunta presentando los billetes y si necesitas hacer el escrito lo hace allí mismo y preguntas lo de las notificaciones.

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Abogado Torrevieja Domenech Abogados
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Buenas tardes,

es probable que en el Juzgado que conoce del asunto le recojan toda esa información que pretende aportar.

Respecto del domicilio es en España el que hay que dar.

Un saludo,

Inmaculada Ruiz Doménech

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