Las deudas con Hacienda ¿cuándo prescriben?

Entre los años 1997 y 1999 regenté un bar. Cuando lo dejé, el asesor que tenía supuestamente se encargó de dar todo de baja.

Cual sería mi sorpresa cuando comencé a trabajar y Hacienda me embargaba parte de la nómina. Ahora, hace siete años que no trabajo. Quería saber si ya prescribió. Gracias.

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Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
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Con carácter general el derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación prescribe a los 4 años (tal y como establece el art. 66 de la Ley General Tributaria) a contar desde el día siguiente a aquel en que finaliza el plazo reglamentario para presentar la correspondiente declaración o autoliquidación, con la advertencia de que tal plazo se interrumpe por cualquier acción de la Administración o del obligado tributario conducente a la efectiva recaudación o pago de la misma, así como por la interposición de reclamaciones o recursos de cualquier clase, la declaración de concurso del deudor o el ejercicio de acciones civiles o penales dirigidas al cobro de la deuda.
En su caso, tal y como ha hecho referencia mi compañero es preciso ver el expediente administrativo a efectos de tener constancia de cuando ha a realizado la Agencia su ultima acción.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
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Difícil saberlo sin ver el expediente administrativo, ya que es posible que Hacienda haya estado interrumpiendo prescripciones. Le recomiendo que un profesional cualificado vea el expediente y examine la posible prescripción.

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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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El plazo general de prescripción es de 4 años, pero dicho plazo se puede interrumpir con cualquier trámite que se haga, por lo que sólo se puede saber con certeza si ha prescrito la deuda después de haber examinado el expediente tramitado y para examinarlo siempre le aconsejamos que lo vea un profesional.

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LABE Abogados

LABE Abogados

Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

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Estimado cliente: La regla general es que prescribe a las 4 años. No obstante sería necesario tener el expediente administrativo en mano para poder asesorarle debidamente.

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