Es legal un contrato verbal en mi caso
Estimado amigo, no soy civilista pero entiendo que el contrato, aunque fuese verbal, se celebró y buena prueba de ello es la entrega de las llaves, que entraña la transmisión de la posesión. La causa alegada por el arrendador tiene que ver con la facultad que éste tiene de no prorrogar el contrato, siempre y cuando haya transcurrido al menos un año, preavise con dos meses de antelación, y se trate de una vivienda. En el caso de un local de negocio el arrendador no tiene esa facultad resolutiva. Si finalmente el arrendador incumpliese el contrato, podría usted reclamarle todos los daños y perjuicios. Le recomiendo que acuda a consultar a algún abogado experto en derecho civil de su localidad.
BOMBÍ ABOGADOS
Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia
El contrato verbal es válido. El problema radica en la prueba en un procedimiento judicial. Usted tiene las llaves, por lo que puede acceder al local.
Ahora bien, para acreditar que hay un acuerdo además del acceso al local, necesita acreditar el pago del alquiler. en caso de urgencia y necesidad, cumpla con lo realmente acordado de forma verbal, tanto en la ocupación del local como del pago del alquiler, asegurándose de algún que otro testigo que pueda acreditar dicho acuerdo.
Por cualquier duda o sugerencia llámenos.
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