¿Es legal realizar 40 y 48 horas semanales? ¿cómo se computan las horas anuales?

Os cuento mi caso,
Trabajo en turnos rotatorios de mañana, tarde, noche y fin de semana, incluidos festivos, el pasado mes aprobaron un convenio en el que establecían una jornada máxima anual de 1760 h y 31 laborables de vacaciones; el caso es que como las vacaciones no se computan como horas efectivas de trabajo en la actualidad todos mis turnos son de 40 y 48 h, a excepción de las semanas en las que hay festivos en los que los trabaje o no tampoco me contabilizan como horas efectivas de trabajo, ¿es esto legal?, ¿ pueden hacernos "recuperar" las horas de vacaciones?. Además al ser rotativo es común que trabajemos dos 10 y 11 días seguidos con turnos de 8, 10 y 12, ¿hay algún límite o es posible trabajar tantos días sin descanso?
Gracias por su respuesta.

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Hola.
En relación a su pregunta habría que analizar un poco más su convenio y ver exactamente como están reguladas las vacaciones y las horas extras.
Por otra parte la ley establece una jornada legal máxima de 40 horas aunque esta jornada se puede ampliar con matices según el tipo de trabajo que realice, en todo caso deben retribuirse.
En general en cuanto a las horas extraordinarias tambien hay un límite segun los casos.

Necesitaríamos ampliar la información y aclarar algún punto de la pregunta.

Puede llamarnos y concertar una entrevista.
Muchas gracias

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Pudiera no ser legal lo que está realizando su empresa aunque para ello, tendríamos que revisar tanto su contrato de trabajo como el convenio de aplicación. Por ello, si usted quiere, le recomendamos que solicite una cita a fin de estudiar su caso en profundidad. Un saludo

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Buenos días, habría que estudiar su caso viendo los documentos del contrato y del Convenio. Si lo considera oportuno puede concertar una cita con nuestro despacho donde haremos un estudio de su asunto. Reciba un cordial saludo.

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Abogado de Madrid especializado en Derecho del Trabajo

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Deberia usted decirnos cual es su convenio para poder responderle correctamente. puede mandarnos un mail y le responderemos sin coste. saludos

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