ley sobre la caída de agua en terrenos que llevan años sin construcciones

El agua de una parte de mi tejado cae a un solar contiguo, lleva así toda la vida pero la dueña ahora está molesta y no quiere que esto siga así. He intentado poner un canalón pero no me autoriza, porque este vuela sobre su terreno. El solar no tiene edificaciones. Quiero saber si hay ley que diga que si un terreno lleva años sin construir no tengo que recoger el agua. Muchas gracias. Un saludo

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Contestado

Muy señor mío:
El codigo Civil es muy claro al respecto sobre todo en los artículos 586 y Siguientes y usted tiene que recoger las aguas que viertan sobre su parcela El propietario de un edificio está obligado a construir sus tejados o cubierta de manera que las aguas pluviales caigan sobre su propio suelo o sobre la calle o sitio público, y no sobre el suelo del vecino.
Tal y como comenta el caso le aconsejo vivamente un procedimiento de Mediación con su vecino que facilite el entendimiento entre ambos con un coste mínimo y rápido e incluso se podría hablar de una servidumbre de desagüe pero esta solución es muy compleja y escsa viabilidad. Si esta interesado en ampliar información sobre el caso o sobre la mediación no dude en llamarnos tenemos oficinas en Madrid, Y Colmenar Viejo tel

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